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Colombia: Entre la movilización y la justicia

Hace más de 40 años los indígenas colombianos exigen el respeto del territorio en el que viven y se desarrollan. Hace poco han logrado la aprobación de una serie de mecanismos legales producto, estiman, de la movilización constante.

Publicado: 2015-01-16

Existen varios tipos de mecanismos legales para ejecutar una consulta previa en un territorio específico cuando se trata de realizar una actividad extractiva. Por ejemplo, en Perú ya hay una Ley de Consulta Previa aprobada en el Congreso de la República de ese país. Sin embargo; en otros lugares de la región, los pueblos indígenas que exigen el respeto de sus derechos continúan reclamando el cumplimiento del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que han reafirmado varios países, como por ejemplo: Colombia. 

Rubiel Mazabuel Quilindo es un indígena del Coconuto, en el departamento del Cauca, forma parte del Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC) y de la Organización Nacional Indígena de Colombia. Para él, lo poco que se ha conseguido para el cumplimiento de derechos de campesinos e indígenas, ha sido mediante la movilización que devienen en la aprobación de leyes y fallos a su favor.

“El tema minero energético en el país pasó de cultural (artesanal) a extractivista (gran escala). Estoy hablando de los dos periodos del expresidente Álvaro Uribe y el primer periodo de (actual presidente) Juan Manuel Santos. Desafortunadamente la minería hoy en Colombia es una de las siete locomotoras que ha priorizado el gobierno, poniendo en riesgo no solo los derechos de los pueblos indígenas sino de otros sectores sociales y de la comunidad en general”, comenta.

Lo que ha sucedido en Colombia, cuenta Quilindo, es que a raíz de una serie de demandas, la Corte Constitucional falló a favor de los pueblos indígenas. “En 2008, el estatuto rural de Colombia, el Vuelo Forestal y el Código Minero fueron considerados como normas inconsultas. Cayeron por su peso jurídico. Automáticamente la corte, desde ahí, le da un realce al tema de consulta previa llevándolo quizá, a ser un derecho fundamental”, dice.

Pero también hay retrocesos. Colombia cuenta con 56 áreas protegidas. En dos o tres de ellas, ya hay explotación minera. Quilindo añade que las áreas que están en mayor riesgo es la del Parque Nacional del Nevado del Huila, en donde se encuentra el Páramo de Pisnos, el Parque Nacional Puracé, y otras áreas de conservación. “En ninguna de esta intención del Estado de explotar las áreas, ha habido consulta previa”, sostiene.

Es que el gobierno ha formalizado la intención de tener explotación minera en esas zonas, pasando por encima de quienes se van a ver perjudicados por la actividad.

“La situación es preocupante. El convenio 169 ratifica el 100% del convenio, habla de los tres momentos de exigencia de la consulta previa cuando es una medida legislativa, administrativa y cuando es un proyecto o cualquier acción que tenga que ver con la extracción o explotación de nuestros recursos naturales, nuestros espacios de vida”, señala.

Bajo esa perspectiva, se realizó una demanda ante el Tribunal Contencioso Administrativo en Dinamarca; sin embargo, por una cuestión de jurisdicción, no ganaron. Ahora se encuentran en busca de derogar la primera resolución que es la 180241, que es la primera que sacó el ministerio de Minas”, declara.

Posteriormente la Agencia Nacional de Minería hizo pública la intención de promocionar actividades extractivas en el oriente colombiano. “No bastó con lo primero, de una sacan lo segundo, eso es preocupante porque quizá el tema minero, la lucha que han dado los pueblos indígenas en Colombia, en defensa del territorio nos ha costado vidas”, cuestiona Quilindo.

LUCHA PARTICULAR

Mazabuel Quilindo cuenta que en el Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC), la pelea más ardua que han tenido y, la confrontación, ha sido por el tema territorial.

“Primero, porque el gobierno, con una serie de políticas, ha ido desmedrando los derechos territoriales, sociales, culturales, políticos y económicos que se tejen en ese espacio de vida. Y en un tercer momento está el tema del desarrollo de los proyectos en el cual el gobierno ha estigmatizado, judicializado, permeado el tema de la movilización”.

Según Quilindo son cerca de 20 millones de hectáreas y otro espacio de 19 millones de hectáreas que está comprometido con contratos de concesión, solicitudes, permisos temporales, licencias de exploración y explotación para actividad minera.

El representante de los indígenas del Cauca señala que primero existió el decreto ley N°1655 y luego salió la ley 685, en el 2001 ¿Cuáles fueron los cambios bruscos? Sacar las áreas de exclusión de la minería y llamarlas áreas restringidas de la minería.

“Esa palabra: de exclusión a restringida, dejó la puerta abierta para que si alguien puede demostrar una minería supuestamente responsable con un buen manejo ambiental, un buen plan de trabajo, podrá hacer minería en muchos sitios que, para nosotros, son intocables. Son sagrados que garantizan la vida, porque ahí nacen todos nuestros ríos”, aclara Quilindo.

Este año, la comunidad indígena sostuvo una pelea frontal contra el gobierno de Colombia, con la que logró la aprobación de dos decretos en favor de los pueblos indígenas: uno de ellos es el 1953 del siete de octubre 2014.

“En donde se pide las competencias desde el marco del enfoque diferencial de los pueblos indígenas para desarrollar temas de educación, salud, el sistema general de participación por los recursos que nos llegan, la constitución nos catalogó beneficiarios de las transferencias en el tema de comunicaciones y el tema de la justicia indígena”, detalla.

Por otro lado, se logró encajar el tema del agua para poder llegar a potencializar el ejercicio de autoridad que tienen los pueblos indígenas en Colombia.

Hay un segundo decreto que es sobre seguridad jurídica en territorios ancestrales en el marco de desarrollar el artículo 13 del convenio 169 de la OIT, pero en el caso Colombia de la ley N° 2191.

“En ese ejercicio buscamos cómo poder blindar esos territorios que poseemos y que hemos poseído a través de la historia”.

Mazabuel Quilindo hace una reflexión importante sobre cómo se obtuvieron los decretos que hoy los hace respirar más tranquilos pero que les dan más fuerzas para no descansar en la conquista del respeto a sus derechos. La movilización, considera, es un arma poderosa.

“Lo logramos mediante un proceso de movilización. Por eso, estoy seguro, tengo la certeza de que no todo se gana a nivel jurídico. La única manera de ganar esos decretos fue haciendo dos movilizaciones grandes. Primero la indígena del 14 y 13 de octubre de 2013, donde se firmó un acuerdo de 30 puntos de debate, dentro de ellos estaba los dos decretos. Lo otro fue hacer, un año después, el Congreso de los Pueblos Indígenas entre el 12 y 17 de octubre de 2014. Antes del Congreso nos firmaron el decreto N° 1953 y después el N°2333 del 2014. Uno es de los sistemas de competencia y autonomía administrativa y el otro de garantizar la seguridad jurídica en territorios ancestrales”, puntualiza.


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